POLÍTICA DE DENUNCIA DE IRREGULARIDADES

Si desea un canal de denuncia confidencial y seguro, envíe este formulario

1. Objeto

1.1 Nuestro objetivo consiste en dirigir nuestra empresa con los más altos niveles de integridad y honestidad en todo momento. Esperamos que nuestros empleados y trabajadores mantengan los mismos niveles en el desempeño de sus funciones. Por lo tanto, les animamos a denunciar cualquier infracción que perciban por parte de la empresa o sus empleados, trabajadores, contratistas o agentes que no cumplan estos principios.


1.2 El objetivo de esta política es ayudarnos en la detección temprana de cualquier comportamiento o práctica inapropiados en la empresa, así como proporcionar a todos los Trabajadores la información necesaria para que entiendan el procedimiento que se debe seguir a la hora de plantear una negligencia que creen que podría o haya podido tener lugar en nuestra empresa. A los efectos de la presente política, el término «Trabajador» o «Trabajadores» incluye a empleados, contratistas autónomos, accionistas, directivos, voluntarios, personal en prácticas, candidatos a un puesto y exempleados. Cualquier persona que revele infracciones con arreglo a esta política será designada «Denunciante». La presente política cumple con la Ley de Divulgación de Interés Público (Public Interest Disclosure Act) de 1998 y la Directiva europea sobre denuncia de irregularidades.


1.3 Deseamos crear un ambiente de transparencia en el que los empleados y los trabajadores confíen en que pueden plantearnos cualquier asunto razonable que les preocupe respecto a las actividades de nuestra empresa, sabiendo que será abordado de forma seria y confidencial, y que no se adoptará ninguna medida contra ellos por exponerlo.


1.4  Se anima a empleados y trabajadores a usar el procedimiento establecido a continuación si les preocupan las infracciones en el trabajo, incluido cualquier delito, incumplimiento de las obligaciones legales, injusticia, peligro para la salud y la seguridad, riesgo medioambiental, contravención de las normas de seguridad alimentaria o higiene, vulneración del principio de igualdad de oportunidades, falta de profesionalidad u honestidad en la atención a las necesidades de nuestros clientes, consumidores y proveedores o el encubrimiento de cualquiera de los anteriores.


1.5 Pese a que la presente política no es contractual, fija la forma en que se gestionarán dichas cuestiones.


2. Ámbito de aplicación

2.1 Esta política y procedimiento son de aplicación a todos los empleados y Trabajadores mencionados previamente, incluidos aquellos con contratos de duración determinada, trabajadores eventuales o trabajadores de empresas de trabajo temporal. Su objetivo es amparar a aquellas personas que realizan una «denuncia protegida», ya sea durante el desempeño de sus funciones (o duración del contrato o acuerdo en el caso de trabajadores) o después, así como permitirles adoptar medidas respecto a cualquier victimización.


2.2 Para que una denuncia esté protegida, el empleado o trabajador debe tener motivos razonables para pensar que es una cuestión de «interés público».


2.3 Cabe señalar que el ámbito de aplicación de la presente política no cubre los posibles incumplimientos del contrato de trabajo de una persona, que deben informarse de acuerdo con el procedimiento de reclamaciones. Esta política tampoco debe usarse para cuestionar las decisiones financieras o empresariales que hayamos tomado, ni como forma de reconsiderar asuntos que ya han sido abordados en nuestros procedimientos de intimidación y acoso, reclamaciones, disciplinarios o de otro tipo.


2.4  La política cubre cualquier negligencia que se produzca en la empresa y puede incluir:

  • un delito
  • el incumplimiento de una obligación legal o del código de buenas prácticas normativo
  • una injusticia
  • un peligro para la salud y la seguridad de cualquier persona
  • un riesgo medioambiental
  • el intento de encubrir cualquiera de los anteriores.


2.5  La siguiente lista no es exhaustiva, sino que ofrece ejemplos de tipos de cuestiones que deberían plantearse:

  • el uso indebido de activos (como tiendas, equipos, vehículos, edificios o hardware y software informático)
  • el incumplimiento de los estándares profesionales adecuados
  • el soborno, la corrupción o el fraude, como recibir u ofrecer regalos u otras atenciones que infringen nuestros procedimientos
  • la falsificación de registros
  • no tomar las medidas razonables para denunciar o rectificar una situación que podría ocasionar un coste significativo evitable, la pérdida de beneficios o cualquier otro perjuicio grave para la empresa
  • el uso del poder y la autoridad de la empresa para una finalidad oculta o no autorizada
  • provocar daños al medio ambiente


2.6  Se anima a los empleados a denunciar las negligencias. Cuando se nos avisa de cualquier posible negligencia desde el principio, podemos adoptar las medidas necesarias para salvaguardar los intereses de todos los empleados y proteger nuestra empresa. No es necesario que el empleado o trabajador pueda probar las acusaciones, pero debe tener motivos razonables y sinceros para creer que la información que revela es veraz: aunque algunas acusaciones puedan resultar infundadas, preferiríamos que se planteara el asunto o preocupación a correr el riesgo de no detectar un problema a tiempo.


2.7  Cualquier denuncia efectuada al amparo de la presente política es confidencial y la identidad del Denunciante será protegida tanto como sea posible.


3. Responsabilidad

3.1  La responsabilidad general de aplicar y evaluar la eficacia de esta política corresponde al director ejecutivo. Todos los directivos y supervisores o jefes de equipo deben desempeñar la función esencial de animar a empleados y trabajadores bajo su supervisión a que denuncien cualquier preocupación que puedan tener.


3.2  Cualquier empleado o trabajador que tenga conocimiento o sospechas razonables de que se está cometiendo fraude, robo o cualquier otro acto dudoso o ilícito en nuestra empresa debe denunciarlo a su superior o, en caso de no sentirse capaz de hacerlo por esta vía, utilizar el procedimiento establecido a continuación.


3.3  Se exige a todos los empleados y trabajadores, independientemente de su puesto o antigüedad, que no sometan a ningún compañero a un trato vejatorio, acoso o intimidación como represalia por haber presentado una denuncia en el marco de la presente política. Se les exige, asimismo, que no alienten a otros a comportarse de este modo ni lo toleren. Podrán adoptarse medidas disciplinarias, incluido el despido, contra el empleado que sea considerado culpable de este tipo de comportamiento. Además, cualquier empleado o trabajador que haya victimizado a un compañero será responsable personalmente de dicha victimización.


4. Procedimiento

4.1 Un empleado preocupado por cualquier tipo de negligencia puede, en primer lugar, comunicar el problema a su superior. La comunicación puede ser oral o escrita.


4.2  La denuncia puede ser anónima, aunque sería preferible hacerla pública para que puedan llevarse a cabo las investigaciones oportunas.


4.3  Si, por cualquier motivo, el Denunciante cree que no puede comunicar la presunta negligencia a su superior, debería plantear el asunto mediante el proceso de denuncia de irregularidades mediante el formulario


4.4 Tras recibir una denuncia, enviaremos un acuse de recibo en un plazo de 7 días. Podría ser necesario llevar a cabo una investigación, formal o informal, en función del tipo de problema planteado. Responderemos al Denunciante en un plazo de tres meses y seguiremos proporcionando información actualizada hasta que hayamos alcanzado una conclusión.


4.5  El Denunciante puede solicitar una reunión presencial confidencial y pedir a un compañero de trabajo que actúe en calidad de acompañante.


4.6  En la medida de lo posible, se mantendrá informado al Denunciante sobre el resultado de las consultas e investigaciones que llevemos a cabo y sobre las medidas que, en su caso, se adopten. No se proporcionará a nadie información que infrinja el deber de confidencialidad hacia los demás.


4.7  Se anima a los empleados o Trabajadores a que comuniquen cualquier problema mediante este proceso. Sin embargo, pueden darse casos excepcionales o urgentes en los que sería apropiado remitir el asunto a una agencia externa. Esta decisión queda a entera discreción de la parte Denunciante.

A continuación se citan ejemplos de agencias externas:

— las autoridades locales de regulación de la información (como la Agencia Española de Protección de Datos en España);

— la CNMV (para los informes financieros);

— las autoridades locales en materia de competencia (como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en España).


4.8   Asimismo, nos reservamos el derecho de derivar el asunto sin el consentimiento del denunciante.


4.9  Si un empleado desea presentar una reclamación relativa a sus circunstancias personales, debe utilizar la política de reclamaciones correspondiente.


5. Protección

5.1 Nos comprometemos a que ningún empleado que denuncie de buena fe y de conformidad con el presente procedimiento sufra ningún perjuicio a consecuencia de ello y no toleraremos ningún tipo de victimización, intimidación o trato vejatorio hacia cualquier persona que haya presentado una denuncia en virtud de esta política.


5.2  Si alguien cree que está siendo sometido a un trato vejatorio, intimidación o acoso por parte de cualquier persona de nuestra empresa (incluso compañeros y colegas de trabajo) a consecuencia de su decisión de recurrir a este procedimiento, debe informar inmediatamente a su superior (o remitir el asunto a la dirección de correo electrónico de denuncia de irregularidades) y se tomarán las medidas oportunas para protegerle de cualquier represalia.


5.3  Cualquier victimización, intimidación o trato vejatorio será abordado según nuestro régimen disciplinario.


6. Denuncias falsas

6.1  Si se demuestra que el procedimiento no se ha utilizado de buena fe, por ejemplo, con mala intención o por animadversión hacia otro empleado, esta conducta será considerada una falta y será castigada según nuestro régimen disciplinario.


6.2  De conformidad con la Ley de Divulgación de Interés Público de 1998, las revelaciones a personas externas a nuestra empresa solo deberían efectuarse si el denunciante tiene motivos honestos y razonables para pensar que la acusación es cierta. El hecho de efectuar acusaciones maliciosas relacionadas con nuestras actividades frente a personas externas, también en plataformas mediáticas o redes sociales, constituirá una falta muy grave y adoptaremos medidas disciplinarias (incluido el despido) o acciones legales contra la persona que las formule.


7. Asesoramiento externo

7.1 Si un Denunciante desea recibir asesoramiento externo respecto a si presentar una denuncia de conformidad con esta política, puede conseguirlo mediante la agencia local competente o una asesoría profesional.

A continuación se citan ejemplos de agencias o asesorías:

-      La Autoridad Independiente de Protección del Informante, un organismo público español que vela por la protección de las personas que denuncian infracciones.

-      Un delegado del sindicato con representación en la empresa (como CC. OO. o UGT en España).

-      La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en España.


8. Políticas y documentos relacionados

  • Política de integridad y ética empresarial
  • Política general de protección de datos
  • Régimen disciplinario
  • Política de igualdad de oportunidades
  • Política de reclamaciones
  • Política de seguridad y salud

La lista anterior no es exhaustiva.


9. Más información

Cualquier pregunta o comentario sobre esta política debe remitirse al superior directo en primer lugar.


10. Responsable de la política

Los directores de Recursos Humanos y del Departamento Jurídico son conjuntamente responsables de la presente política y los encargados de su mantenimiento.


11. Fecha de revisión de la política

Fecha de la última revisión: febrero de 2024


Parte de la familia de marcas